Armas largas ante el DAES

Técnicas y tácticas de tiro para profesionales de la seguridad
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nasredim
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Armas largas ante el DAES

Mensajepor nasredim » 24 Nov 2015 14:23

Ante este artículo de armas.es

https://www.armas.es/policial/32943-rech ... -yihadismo

considerais que es necesario que las patrullas tengan de dotación de un arma larga.

Creeis que los miembros de las FCCS poseen la suficiente formación para llevar un arma larga como un CETME o G36.

Cual considerais que sería el mejor arma larga para portar?

Saludos.
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En algunos momentos y en algun lugar es conveniente llevarla, pero mi consejo es que cuanto menos mejor.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor PA_Willy » 24 Nov 2015 17:27

nasredim escribió:Creeis que los miembros de las FCCS poseen la suficiente formación para llevar un arma larga como un CETME o G36.


No.

Y ese es el problema. La cuestión no es la autorización. La cuestión es que entonces las administraciones deberían garantizar esa formación permanente, con campos de tiro habilitados, munición para prácticas, armeros en bases, un plan de tiro nuevo, instructores para armas de asalto (que no existen apenas, fuera de unidades especiales)... Aparte de la cuestión de adquirir o reconstruir/reacondicionar miles de fusiles de asalto con un coste prohibitivo en los tiempos que corren.

Aparte de otras consideraciones legales como la posibilidad de que los Cuerpos Locales posean y porten armas de este tipo, algo que en casi todas las CCAA,s está desautorizado.

Ahora bien, si somos realistas, hay cosas que a veces sacamos de madre nosotros mismos. De haber un atentado en ESpaña, con casi toda seguridad se producirá en Madrid por una cuestión de mera repercusión mediática (que es lo que buscan los terroristas). Y en ese caso, ahora mismo en Madrid hay suficientes recursos movilizados como para garantizar una respuesta por unidades armadas con fusiles de asalto (GEO, UIP y GOES de Presidencia).

Y no vamos a dotar de G-36 hasta al último Policía Local de la última de las ciudades de 50.000 habitantes de España porque eso es un dislate.

Si hay una acción de este tipo, como ya ha dicho alguien, las primeras unidades en llegar (radiopatrullas), deberán acordonar, evacuar en lo posible, informar y solicitar unidades especiales para intervenir. Un radiopatrulla, de las FCSE o de cualquier otro Cuerpo, no ha recibido formación adecuada como para convertirlo en una respuesta adecuada incluso aunque porte un fusil de asalto. Y si somos sinceros, todos estaremos de acuerdo.

Pero señores, si el plan nacional actual para arma corta es una puta mierda. 25 disparos al trimestre! Y en condiciones muchas veces poco realistas... Como para ponernos a hablar de armas largas para enfrentamientos a mayores distancias con proyectiles de muy alta velocidad en entornos urbanos...

Queremos armas de este tipo? Hay que empezar por el principio: formación, adquisición, modelo policial español, etc, etc. Y ya no hay tiempo para eso. Aunque si vamos a hacerlo, cuanto antes empecemos, mejor.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor juanma-1973 » 25 Nov 2015 02:10

creo que la cuestión no es llevar o no llevar arma larga, de lo cual yo no estoy de acuerdo en llevarla, como ya he dicho en alguna ocasión, mil veces se queda el vehículo solo e incluso abierto y arrancado, por ejemplo en accidentes de trafico, y el arma larga quedaría muy expuesta, aunque lleve armero, entre otras particularidades.
la cuestión en si sería el poder o no poder disponer de este tipo de armas y después que cada administración y cada jefatura determinen se es o no necesario y pertinente que se utilice y en que condiciones y, por supuesto, con la oportuna formación. el anterior coordinador de policía local de mi comunidad, prácticamente autor de la ley de coordinación que tenemos actualmente, la cual no es capaz ni de homologar uniformes, se opuso claramente y por escrito a la utilización del taser, como para decirle que autorice armas largas.
si estoy de acuerdo en que, por ejemplo las grandes plantillas con una cantidad considerable de patrullas en la calle, que contara con el apoyo de este tipo de armas en alguno o algunos de los vehículos que pudieran prestar apoyo a las demás en un determinado momento.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor Takel » 25 Nov 2015 03:40

Me parece un hilo muy interesante y hago mi aportación:

1.- Creo que los patrullas deberían llevar siempre un arma larga de apoyo, siempre que alguno de sus ocupantes este formado en su uso.

2.- Actualmente, el 95% de patrulleros, de cualquier Cuerpo, no esta debidamente formado en el uso del arma corta (y menos, desde un uso tactico de la misma).
Con el arma larga, creo que peor aun, PERO es mucho más facil acertar un objetivo con un arma larga, que con una corta.

3.- Creo que, en funcion de cada entorno de trabajo, las opciones más logicas en trabajo policial son:

a) Subfusil en SEMI-AUTO del 9 Luger (nunca en con fuego en rafaga). Es un arma facil de manejar y de disparar, con la misma balistica del arma corta, permite disparos precisos hasta 50 metros. Por supuesto con municion expansiva.

Mi opción: HK UMP-9


b) Escopeta de corredera.- Con municiones de postas y bala. Este arma si es más compleja de manejar de manera tactica.

Mi opción: Remington 870


c) Rifle semi-auto en calibre 300 AAC Blackout, con munición expansiva. Facil de manejar, de retroceso contenido, perfora chalecos balisticos y muy preciso hasta los 100-200 metros.

Mi opción: Ruger Mini-14


Si tuviese que quedarme solo con una, creo que el 300 AAC, es el más polivalente.

Si estuviese en un entorno únicamente urbano, me quedo con el UMP-9 y en segunda opción, la escopeta.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor furas » 25 Nov 2015 03:45

Cuendo viví en Colorado a mediados de los 80 la escopeta estaba anclada entre los dos policías y necesitaba llave para poder abrir y sacarla. En el maletero del coche un tipo M16 en una maleta tipo Peli anclada en el maletero. Con esto solo digo que formas hay de portar las armas de forma segura. Otra distinta es la preparación del personal para utilizarlas.

La pena es cuando en algún control aleatorio se ven las antiguas z y escopetas de las primeras que se compraron con un mantenimiento que vaya usted a saber.

Yo desde mi condición de crellente rezaré para que no tengamos que pasar por una situación similar en España.
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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor Strongresolve » 25 Nov 2015 05:23

La mayoría de los departamentos de policía de EEUU empezaron a dotar de carabinas tácticas a sus oficiales tras el tiroteo de North Hollywood, al verse que las armas cortas y las escopetas eran insuficientes para ciertas amenazas.

Hay que recordar que estas carabinas suelen ser semis, no full auto como muchos creen.

En España parece que nuestras vidas no valen el intento, y las vidas de los PL, CNP y GC menos todavía.

No se gastan ni un duro en formación y si el precio a pagar son 130 muertos cualquiera en las calles de Madrid les da igual, ellos al fin y al cabo duermen en pisos custodiados por gente armada, en algunos casos, por mucha gente armada con armas largas.

El dinero que escatiman en tu seguridad se lo gastan en la suya.

Es perfectamente lógico que dada esta situación la UE quiera quitarnos los semis, si seguimos por este camino tarde o temprano habrá una revolución.
"If you show up for a fair fight, you aint prepared."

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor Parrish112 » 25 Nov 2015 09:56

El problema es que si hay una revolucion entre nosotros... Quien nos defiende del ISIS?

Apoyo la formacion y dotacion de armas largas para la Policia Nacional y los cuerpos que la suplan donde no se den las condiciones para su presencia: GC, PL, PA.

Un saludo!
Novato hasta que un maestro diga lo contrario.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor VP70Z » 25 Nov 2015 15:03

Este país no es dado a las utopías y mas en cuanto a dotación de armas en FFCCSE y demás estamentos. Tenemos una deficiencia en cuanto a la adquisición del modelo idóneo de arma corta, y parece que vamos retrasados en cuanto a la modernización de las mismas (Beretta 92 en la G.C), equipamiento y dotación individual para cada agente en consonancia con los riesgos actuales (fundas anti-hurto), elementos defensivos incapacitantes no letales (adquisición de Taser), dotación de munición idónea para evitar rebotes y sobrepenetración ( proyectiles de ojiva hueca), obolescencia de armas reglamentarias (revolver en Seg. Privada), planes de entrenamiento y consumo de munición idóneos y actuales ( entrenos de situaciones reales), adquisición de elementos de protección individual (chalecos de protección, y ahora con dos o tres meses de espera).. En fin una serie de elementos que en otros países son imprescindibles para cualquier agente y aquí a verlas venir como para discutir si los jerifaltes se les ilumina una bombilla en su cabeza pensadora y adoptar un arma larga como dotación, que para mí sería lo idóneo si se cumpliesen antes todos los puntos citados. Un saludo y cuídense ahí afuera.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor Takel » 25 Nov 2015 23:40

nasredim escribió:Ante este artículo de armas.es

https://www.armas.es/policial/32943-rech ... -yihadismo

considerais que es necesario que las patrullas tengan de dotación de un arma larga.

Creeis que los miembros de las FCCS poseen la suficiente formación para llevar un arma larga como un CETME o G36.

Cual considerais que sería el mejor arma larga para portar?

Saludos.


Creo que el compañero, tenia la intecion de hablar de armas, de conceptos de armas adecuadas, que es lo interesante.

Ya sabemos todos la oarte negativa y lo mal formados y pertrechados que estamos.....

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor Takel » 25 Nov 2015 23:41

nasredim escribió:Ante este artículo de armas.es

https://www.armas.es/policial/32943-rech ... -yihadismo

considerais que es necesario que las patrullas tengan de dotación de un arma larga.

Creeis que los miembros de las FCCS poseen la suficiente formación para llevar un arma larga como un CETME o G36.

Cual considerais que sería el mejor arma larga para portar?

Saludos.


Creo que el compañero, tenia la intecion de hablar de armas, de conceptos de armas adecuadas, que es lo interesante.

Ya sabemos todos la oarte negativa y lo mal formados y pertrechados que estamos.....

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor ROEDOR » 26 Nov 2015 20:31

Hola, yo básicamente quiero reflejar dos ideas respecto a si es necesario o no:

- Llevar un arma larga es muy bueno y nada malo especialmente si tienes que usarla, es decir, es mejor tenerla y no necesitarla que necesitarla y no tenerla.

- El tenerla o llevarla en un equipo o patrulla debe estar contemplado como medida de un nivel de alerta concreto (o estado, alerta, alarma....), es decir, por hablar de código de colores; portar un arma larga no es una medida de un nivel de alerta verde, pero igual tiene que ser una medida complementaria de un nivel de alerta naranja o rojo.

Con respecto a si están preparados......la verdad que no se si los cuerpos policiales lo están o no lo están con lo cua´l, NS/NC.

P.D - Artículo 104.

Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad (AFECTA A LAS FAS), bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertados y garantizar la seguridad ciudadana :jeep:

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor nasredim » 26 Nov 2015 20:53

ROEDOR escribió:
P.D - Artículo 104.

Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad (AFECTA A LAS FAS), bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertados y garantizar la seguridad ciudadana :jeep:


Cuando hablas del artículo 104 de la C.E., ¿en que afecta a las FAS?

Saludos.
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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor PA_Willy » 26 Nov 2015 22:17

nasredim escribió:
ROEDOR escribió:
P.D - Artículo 104.

Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad (AFECTA A LAS FAS), bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertados y garantizar la seguridad ciudadana :jeep:


Cuando hablas del artículo 104 de la C.E., ¿en que afecta a las FAS?

Saludos.


Imagino que, cuando esas FAS pasan a ejercer tareas de seguridad ciudadana, como consecuencia de una Alerta 5 (hipotético). Pasan a compartir parte de las responsabilidad de las FCS.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor nasredim » 26 Nov 2015 22:29

Que yo entienda (corregirme si estoy confundido), legalmente las FAS nunca ejercitan funciones de seguridad ciudada, otras cosas es que participen en dispositivos de seguridad como protección de infraestructuras criticas, pero no con funciones de seguridad ciudadana.

Saludos.
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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor PA_Willy » 26 Nov 2015 23:57

nasredim escribió:Que yo entienda (corregirme si estoy confundido), legalmente las FAS nunca ejercitan funciones de seguridad ciudada, otras cosas es que participen en dispositivos de seguridad como protección de infraestructuras criticas, pero no con funciones de seguridad ciudadana.

Saludos.


Ahora no puedo verlo, pero mañana en el despacho rescato el protocolo a ver qué dice exactamente en relación al nivel 5 y las FAS.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor nasredim » 27 Nov 2015 00:24

PA_Willy escribió:
nasredim escribió:Que yo entienda (corregirme si estoy confundido), legalmente las FAS nunca ejercitan funciones de seguridad ciudada, otras cosas es que participen en dispositivos de seguridad como protección de infraestructuras criticas, pero no con funciones de seguridad ciudadana.

Saludos.


Ahora no puedo verlo, pero mañana en el despacho rescato el protocolo a ver qué dice exactamente en relación al nivel 5 y las FAS.


Las FAS tienen un lugar dentro de estos despliegues, pero una cosa es que participen en dispositivos de seguridad como puede ser el caso del personal y empresas de seguridad privada y otra es que tengan competencias en seguridad ciudadana.

Si ves la ley organica 4/2015 de protección de seguridad ciudadana, en su preambulo, te indica lo siguiente:

Para garantizar la seguridad ciudadana, que es una de las prioridades de la acción de
los poderes públicos, el modelo de Estado de Derecho instaurado por la Constitución
dispone de tres mecanismos: un ordenamiento jurídico adecuado para dar respuesta a los
diversos fenómenos ilícitos, un Poder Judicial que asegure su aplicación, y unas Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad
eficaces en la prevención y persecución de las infracciones


La propia constitución en su artículo 104.1, te indica:

Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

Es decir la competencia en Seguridad Ciudadana corresponde a las FFCCS.

Saludos.
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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor PA_Willy » 27 Nov 2015 16:31

Pues yo no lo tengo tan claro...

Los artículos que indicas no dan el monopolio de la Seguridad Ciudadana a las FCS. Lo que dicen es que ellas tendrán esas funciones. El protocolo del que, como bien me has comentado por privado, es mejor que no relacione nada aquí, indica que tras decretarse el nivel 5 las FAS pasarán a desempeñar tareas de seguridad interior que hasta ahora son exclusivas de las FCS, así que, nos guste o no, está indicando que llegados a ese caso, las FCS no tendrán dicho monopolio.

Pero es que ése no es el único caso. La propia constitución contempla un caso más en el que incluso muchos delitos pasarían a ser juzgados por la jurisdicción militar: el estado de sitio. En dicha situación, todas las autoridades civiles (como las Delegaciones del Gobierno o Subdelegaciones, es decir, organización periférica del Ministerio del Interior) pasarían a estar subordinadas a la Autoridad Militar (LO 4/81):

Artículo 35

En la declaración del estado de sitio el Congreso de los Diputados podrá determinar los delitos que durante su vigencia quedan sometidos a la Jurisdicción Militar.


Es decir, que incluso se suspende (de facto) la vigencia de muchos artículos de la LECrim o de la LOPJ.

Artículo 36

Las Autoridades civiles continuarán en el ejercicio de las facultades que no hayan sido conferidas a la Autoridad militar de acuerdo con la presente Ley. Aquellas Autoridades darán a la militar las informaciones que ésta le solicite y cuantas noticias referentes al orden público lleguen a su conocimiento.


Ya sé que el Estado de Sitio es un ejemplo muy forzado, pero lo interesante es que es la propia Constitución quien consagra estos estados excepcionales en el art. 116.

Una cosa es lo que prevé la Constitución en situaciones ordinarias. Y otra, lo previsto para situaciones excepcionales.

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Re: Armas largas ante el DAES

Mensajepor nasredim » 27 Nov 2015 20:06

Creo que confundimos conceptos, una cosa es que las FFCCS tengan el monopolio de la seguridad y otra distinta es que otras figuras distintas a las que integran las FFCCS tengan competencia en Seguridad Ciudadana.
Al igual que las FAS pueden realizar puntos de seguridad como ya paso tras lo atentados de Madrid del 11M y otra cosa es que estén facultados a pedir la documentación, realizar cacheos, etc., a los ciudadanos que estén en la vía pública.
En el caso de la declaración del estado de sitio, prefiero no contestarte ya que reconozco que no controlo suficientemente bien dicha ley, no teniendo claro si hace referencia a que al estar bajo jurisdicción militar quiere decir que se está bajo tribunales militares o si eso les da también competencias en seguridad ciudadana.
Piensa que la nueva ley de seguridad ciudadana deja claro quienes son competentes para ejercerla.
Saludos.
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